¿Puedo obligar a mi ex a vender la casa después del divorcio?

Sí, en muchos casos puedes impedir que tu ex te obligue a permanecer indefinidamente vinculado a una vivienda común.

Pero hay una diferencia importante.

No puedes necesariamente decir:

«Quiero vender mañana esta casa por 300.000 euros a esta persona y mi ex tiene que firmar».

Lo que sí permite la ley es forzar el final de la situación de propiedad común cuando no existe acuerdo.

Y a partir de ahí pueden suceder varias cosas: que uno se quede la vivienda compensando económicamente al otro, que ambos acuerden venderla o, si el conflicto continúa, que finalmente sea necesario acudir a una venta judicial.

La vía correcta depende de cómo sea vuestra vivienda jurídicamente.

Si la casa pertenece a ambos al 50 %

Este es el supuesto típico de una vivienda en proindiviso.

Por ejemplo, comprasteis la casa entre los dos y en la escritura aparece que cada uno tiene el 50 %.

En ese caso, la regla de partida es muy clara:

nadie está obligado a permanecer para siempre en una copropiedad.

El artículo 400 del Código Civil establece que cualquier copropietario puede pedir la división de la cosa común.

Por tanto, tu ex no puede responder simplemente:

«No quiero vender y pienso mantener la casa así para siempre».

Si no alcanzáis un acuerdo, puede iniciarse el procedimiento correspondiente para extinguir esa situación.

¿Y si ninguno quiere quedarse la vivienda?

Una casa normalmente no puede dividirse físicamente por la mitad.

Por eso, cuando un bien es indivisible, la primera posibilidad es que uno se lo adjudique y pague al otro el valor de su participación.

Si eso tampoco es posible y no existe acuerdo, el Código Civil establece que el bien se venderá y se repartirá su precio entre los copropietarios.

Y ahí es donde puede terminar apareciendo la subasta judicial.

Precisamente por eso suele ser mucho más interesante intentar alcanzar un acuerdo antes de llegar a ese punto.

¿Y si la casa es ganancial?

Aquí cambia el procedimiento.

Si la vivienda pertenece todavía a una sociedad de gananciales que se ha disuelto pero no se ha liquidado, normalmente no estamos simplemente ante una extinción de condominio al 50 %.

Hay que liquidar la sociedad de gananciales.

Si los excónyuges no alcanzan un acuerdo, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece un procedimiento específico para formar inventario, valorar los bienes y repartir el patrimonio común.

También aquí puede suceder que:

  • Uno se adjudique la vivienda compensando al otro.
  • La vivienda se venda de común acuerdo.
  • O la falta absoluta de acuerdo termine llevando a una venta en pública subasta.

El Código Civil remite, para muchas cuestiones de la liquidación de gananciales, a las reglas de la partición hereditaria; estas permiten adjudicar un bien indivisible a uno compensando al otro y contemplan también la venta en pública subasta.

Entonces, ¿mi ex puede bloquearme para siempre?

No.

Esa es probablemente la idea más importante de este artículo.

Que tu ex no quiera vender puede hacer que el proceso sea más lento, más caro y más incómodo.

Pero no significa necesariamente que pueda obligarte a seguir siendo copropietario indefinidamente.

La dificultad está en determinar qué procedimiento necesitas utilizar.

Porque no es lo mismo:

una vivienda comprada al 50 %, una vivienda ganancial todavía sin liquidar, una casa con hipoteca, una vivienda cuyo uso ha sido atribuido a uno de los cónyuges en la sentencia de divorcio o un inmueble en el que además existen otras deudas o compensaciones pendientes.

Y esas diferencias cambian bastante la estrategia.

¿Hay que demandar directamente?

No necesariamente.

De hecho, desde la reforma introducida por la Ley Orgánica 1/2025, con carácter general debe haberse intentado previamente alguna forma adecuada de negociación antes de interponer muchas demandas civiles.

Y tiene sentido intentar solucionar el problema antes.

Una venta normal en el mercado o una adjudicación pactada suele ofrecer mucho más control sobre el precio y los tiempos que terminar discutiendo durante meses para llegar a una subasta.

Pero si la otra persona simplemente se niega a cualquier solución, existen mecanismos judiciales para poner fin a la situación.

¿Qué ocurre en tu caso?

Para saber cuál es la vía adecuada habría que comprobar, como mínimo, cómo figura la vivienda en la escritura, vuestro régimen económico matrimonial, qué dice la sentencia o convenio de divorcio y si existe hipoteca o un derecho de uso sobre la vivienda.

Con esos datos puede determinarse si estamos ante una extinción de condominio, una liquidación de gananciales o una situación que exige una estrategia diferente.

¿Tu ex se niega a vender o repartir la vivienda?

En Abogados de Lerna podemos revisar la documentación y decirte qué posibilidades tienes para dejar de estar vinculado a la vivienda y cuál sería la vía adecuada en tu caso.

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