¿Tu ex lleva años sin pagar? Ojo con el plazo para reclamar

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Esteban Sánchez Ferrero

Abogado · ICAM 142.875
Derecho de Familia
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Hasta aquí. No son meses. Son Años sin pagar. Y has dicho que ya esta bien de llevar tu sola la carga económica. Entonces debes conocer esto.

Si bien, Houston tenemos un problema:

no puedes dejar pasar el tiempo indefinidamente.

Voy a ser muy directo, tienes cinco años para reclamar lo que te deben.

¿Desde cuándo empiezan a contar esos cinco años?

Desde que cada mensualidad pudo reclamarse.

Es decir, cada impago tiene su propio plazo.

Un ejemplo sencillo:

Tu ex tenía que pagar 400 € el 1 de enero de 2026 y no lo hizo.

El plazo para reclamar esa mensualidad comienza a contar desde que resultó exigible.

Al mes siguiente aparece otra mensualidad distinta, con su propio plazo.

Por eso no existe un único contador para toda la pensión.

¿Entonces solo puedo reclamar los últimos cinco años?

Correcto.

Si nunca has reclamado y existe una deuda acumulada de ocho años, solo podrás recuperar los últimos 5.

Tu derecho a reclamarlas ha caducado. Han prescrito.

Precisamente por eso, si ya existen impagos, no conviene dejar pasar los años pensando que siempre podrás reclamarlo todo más adelante.

¿Aún tienes dudas del proceso?

Es normal. Este blog responde una pregunta muy, muy específica. Si haces clic aquí podrás ver un blog que aborda el tema al completo. ¡Suerte!

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