¿Qué documentos necesito para divorciarme?

Una de las preguntas que más recibimos en el despacho es:

¿Qué documentos necesito para divorciarme?

La respuesta depende un poco de vuestra situación, pero en un divorcio de mutuo acuerdo podemos organizar la documentación en tres capas, como una cebolla.

La primera afecta prácticamente a cualquier matrimonio.

La segunda aparece cuando existen hijos.

Y la tercera únicamente será necesaria cuando queráis aprovechar el divorcio para repartir una vivienda, liquidar la sociedad de gananciales o adjudicar otros bienes.

Vamos una por una.

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Te explico de forma rápida y sencilla qué documentos necesitas para divorciarte y cuáles dependen de si tenéis hijos o bienes.

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Primera capa: documentos que necesitamos en prácticamente cualquier divorcio

1. DNI, NIE o pasaporte de los cónyuges

Lo primero es identificar correctamente a las dos personas que van a divorciarse.

Dependiendo de vuestra situación puede tratarse de:

  • DNI.
  • NIE.
  • Pasaporte.
  • Documentación de identidad extranjera acompañada del correspondiente documento español de residencia, cuando proceda.

Estos documentos permiten redactar correctamente el convenio regulador y evitar errores en nombres, números de identificación, domicilios o nacionalidades.

En un divorcio notarial también serán necesarios para preparar la escritura y comprobar la identidad de quienes intervienen.

2. Certificado de matrimonio

Este es uno de los documentos fundamentales.

En un divorcio judicial de mutuo acuerdo, el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil exige acompañar a la solicitud la certificación de la inscripción del matrimonio.

Normalmente puede solicitarse gratuitamente en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia.

Si dispones de Cl@ve o certificado digital y la inscripción está disponible electrónicamente, en muchos casos puedes obtener el certificado literal en el momento. Si no puede emitirse automáticamente, el propio sistema indica cómo continuar la solicitud.

Por tanto, este sería uno de los primeros documentos que pediría antes de comenzar.

¿Y si el matrimonio se celebró en otro país?

Entonces habrá que aportar la documentación extranjera que acredite correctamente el matrimonio.

Dependiendo del país, puede ser necesario:

  • Apostillar el certificado.
  • Legalizarlo.
  • Traducirlo oficialmente al castellano.
  • Aportar documentación adicional relacionada con su inscripción.

Que el matrimonio se haya celebrado fuera de España no significa automáticamente que no pueda tramitarse aquí el divorcio.

Pero los casos internacionales requieren revisar con más detalle la competencia y la documentación.

3. Certificado de empadronamiento: cuándo puede hacer falta

El certificado de empadronamiento es muy habitual, aunque aquí conviene hacer una precisión:

no existe una regla que obligue a presentar exactamente el mismo certificado de empadronamiento en todos los divorcios.

Se utiliza principalmente para acreditar el domicilio o residencia cuando resulta necesario determinar qué juzgado o qué notario es competente.

Por ejemplo, en el divorcio notarial es competente el notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.

Por ello, en la práctica solemos pedir desde el principio un certificado de empadronamiento adecuado al lugar donde queremos tramitar el divorcio.

Así evitamos descubrir después que la notaría o el órgano judicial necesita acreditar ese domicilio.

¿Necesito el Libro de Familia?

Normalmente, no como documentación principal.

Desde la entrada en vigor del nuevo modelo de Registro Civil en 2021 dejaron de expedirse nuevos Libros de Familia.

Los antiguos continúan teniendo efectos, pero hoy la información necesaria para un divorcio se acredita principalmente mediante los correspondientes certificados del Registro Civil.

En algún caso concreto puede resultar útil conservarlo o aportarlo como documento auxiliar, pero no sustituye normalmente al certificado de matrimonio y a los certificados de nacimiento que correspondan.

¿Necesito dar poder al procurador?

Solo estamos hablando aquí del divorcio judicial.

En los procedimientos judiciales interviene normalmente un procurador que representa procesalmente a los cónyuges, y esa representación debe quedar acreditada.

El poder puede otorgarse electrónicamente mediante el Registro Electrónico de Apoderamientos Judiciales, ante notario o mediante comparecencia apud acta ante una oficina judicial. La legislación actual permite también la comparecencia electrónica para otorgarlo.

Es un trámite sencillo y el abogado os indicará cuándo y cómo realizarlo.

En el divorcio notarial no interviene procurador.

Segunda capa: si tenéis hijos

Cuando existen hijos, necesitaremos documentación adicional.

Certificados de nacimiento

En el divorcio judicial, cuando corresponda, la propia Ley de Enjuiciamiento Civil exige acompañar los certificados de inscripción de nacimiento de los hijos.

El certificado de nacimiento puede solicitarse también a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia y, cuando es posible su emisión automática, descargarse directamente.

Si los hijos son menores, normalmente sus representantes legales pueden realizar las gestiones necesarias.

Si el hijo ya es mayor de edad, lo más sencillo suele ser que él mismo solicite su certificado.

También es posible solicitar certificados de otra persona en determinados supuestos, aunque el Registro Civil puede exigir una autorización del inscrito.

¿Necesito también el DNI de los hijos?

No siempre será un documento legalmente imprescindible para presentar el divorcio.

Sin embargo, en el despacho prefiero disponer de él cuando existe.

¿Por qué?

Porque si posteriormente el juzgado, la notaría o cualquier otra institución solicita algún dato identificativo, ya lo tenemos preparado.

La idea es que entreguéis la documentación una sola vez y que, una vez iniciado el procedimiento, vuestro trabajo sea básicamente esperar hasta el siguiente trámite.

¿Necesito documentos económicos si tenemos hijos?

Puede ser necesario.

Si el convenio regula pensiones de alimentos u otras medidas económicas, puede resultar útil aportar:

  • Nóminas.
  • Declaraciones fiscales.
  • Gastos escolares.
  • Gastos médicos.
  • Alquiler o hipoteca.
  • Otros documentos que permitan conocer la situación económica familiar.

La documentación exacta dependerá de lo que se esté acordando.

No tiene sentido pedir veinte documentos económicos en un divorcio sencillo si ninguno resulta necesario para justificar las medidas.

Tercera capa: si queréis repartir bienes o liquidar gananciales

Esta es la capa en la que más puede variar la documentación.

No necesita lo mismo un matrimonio que únicamente tiene una vivienda que otro que dispone de:

  • Tres inmuebles.
  • Dos vehículos.
  • Cuentas bancarias.
  • Préstamos.
  • Participaciones societarias.
  • Deudas.
  • Otros bienes.

La idea general es muy sencilla:

necesitamos poder acreditar qué existe, quién es su titular y cuánto vale aproximadamente.

Si existe una vivienda

Normalmente pediría:

  • Escritura de compraventa.
  • Escritura o documentación del préstamo hipotecario, si existe.
  • Certificado del capital pendiente de hipoteca.
  • Último recibo del IBI.
  • Información registral cuando resulte necesaria.
  • Una valoración razonable del inmueble.

La escritura nos permite conocer cómo se adquirió la vivienda, quién aparece como propietario y qué porcentaje corresponde a cada uno.

Y si existe hipoteca, necesitamos saber cuánto dinero sigue pendiente de pagar.

Si existen vehículos

Resultará útil disponer de la documentación del vehículo que permita comprobar:

  • Titularidad.
  • Matrícula.
  • Modelo.
  • Antigüedad.
  • Valor aproximado.

A partir de ahí puede acordarse que uno se quede con el vehículo, venderlo o compensar económicamente al otro.

Si existen préstamos o deudas

Necesitaremos el contrato o documento que acredite la obligación.

Y, si es posible, un certificado actualizado de la cantidad pendiente.

No sirve simplemente decir:

«Debemos unos 8.000 euros».

Para repartir correctamente el patrimonio tenemos que conocer qué deuda existe realmente y quién aparece obligado frente al acreedor.

Si existen cuentas bancarias

Puede ser necesario aportar certificados de titularidad y saldos en la fecha que corresponda.

Lo mismo ocurre con depósitos, inversiones u otros productos financieros.

¿Es obligatorio liquidar los bienes al divorciarse?

No.

Esto también genera bastante confusión.

Podéis divorciaros y dejar la liquidación del patrimonio para más adelante.

Por ejemplo, podéis estar completamente de acuerdo en terminar el matrimonio pero no tener todavía claro:

  • Qué hacer con la casa.
  • A qué precio venderla.
  • Quién se la quedará.
  • Cómo conseguir financiación.
  • Cómo repartir otros bienes.

No es obligatorio bloquear todo el divorcio por esa razón.

Puede declararse el divorcio y solucionar posteriormente la cuestión patrimonial.

Resumen: los documentos que deberías empezar a preparar

Si vuestro divorcio es sencillo y de mutuo acuerdo, empezaría por documentos de identidad, certificado de matrimonio y, cuando sea necesario para acreditar competencia, empadronamiento.

Si existen hijos, añadimos sus certificados de nacimiento y la documentación necesaria para redactar correctamente las medidas relativas a ellos.

Y si queréis liquidar bienes, tendremos que añadir los documentos que acrediten la titularidad, las cargas y el valor de cada elemento patrimonial.

La Ley de Enjuiciamiento Civil exige expresamente en el divorcio judicial de mutuo acuerdo el certificado de matrimonio, los certificados de nacimiento cuando corresponda, el convenio regulador y los documentos en los que los cónyuges fundamenten sus derechos.

A partir de ahí, la documentación concreta depende de vuestra familia.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que entregar documentos originales?

No siempre. En muchos trámites pueden utilizarse certificados electrónicos con código seguro de verificación y documentación digital. Si una notaría o un órgano judicial necesita posteriormente un original concreto, el abogado os lo indicará.

¿Puedo conseguir el certificado de matrimonio online?

Sí. El Ministerio de Justicia permite solicitarlo electrónicamente y, cuando el certificado puede emitirse automáticamente, descargarlo en el mismo momento.

¿Hace falta Libro de Familia?

Como regla general, ya no es la documentación básica utilizada para estos procedimientos. Desde 2021 no se expiden nuevos Libros de Familia, aunque los antiguos mantienen sus efectos.

¿Puedo divorciarme aunque no tenga todavía todos los documentos de los bienes?

Sí, porque no es obligatorio liquidar todos los bienes dentro del propio divorcio.

¿Qué pasa si mi matrimonio es extranjero?

Habrá que revisar el certificado extranjero, su legalización o apostilla cuando corresponda, la posible traducción y la competencia de España para tramitar el divorcio.

¿Quieres iniciar un divorcio de mutuo acuerdo?

En Abogados de Lerna revisamos vuestra situación y os indicamos desde el principio exactamente qué documentación necesitamos para vuestro caso, evitando pediros papeles que no sean necesarios.

Una vez recibida, preparamos el convenio regulador y gestionamos el procedimiento judicial o notarial que corresponda.

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