El documento que explica cómo quedará organizada vuestra vida después del divorcio
Cuando una pareja se divorcia de mutuo acuerdo, no basta con decir:
«Los dos queremos divorciarnos».
También hay que dejar por escrito qué sucederá después.
Por ejemplo:
- Con quién vivirán los hijos.
- Cuándo estarán con cada progenitor.
- Quién seguirá utilizando la vivienda.
- Cómo se pagarán los gastos.
- Si habrá una pensión.
- Qué ocurrirá con los bienes y las deudas.
El documento en el que se recogen todos estos acuerdos se llama convenio regulador.
Dicho de una forma muy sencilla: el convenio regulador es el acuerdo que establece las reglas que deberán seguir los cónyuges después del divorcio.
¿Para qué sirve un convenio regulador?
Sirve para que ambos sepan claramente qué han acordado y evitar problemas en el futuro.
Durante una separación pueden decirse cosas como:
«Yo pagaré la mitad de los gastos».
«Los niños estarán contigo entre semana».
«Tú puedes quedarte temporalmente en la vivienda».
El problema es que los acuerdos hablados pueden olvidarse, entenderse de manera diferente o dejar de cumplirse.
El convenio permite que todo quede explicado por escrito:
- Qué tiene que hacer cada persona.
- Cuándo tiene que hacerlo.
- Qué cantidad debe pagar.
- Cómo se organizarán los hijos.
- Qué ocurrirá con la vivienda y los bienes.
No se redacta pensando únicamente en cómo se llevan los cónyuges hoy. Se prepara para que las reglas estén claras también si mañana aparece un desacuerdo.
¿Qué puede incluir el convenio regulador?
No todos los convenios contienen lo mismo. Su contenido depende de la situación de cada familia.
El artículo 90 del Código Civil recoge las principales cuestiones que pueden regularse: hijos, animales de compañía, vivienda, gastos familiares, bienes comunes y pensión compensatoria.
Los hijos
Cuando existen hijos menores, el convenio puede establecer:
- Si vivirán principalmente con uno de los progenitores o con ambos.
- Qué días estarán con cada uno.
- Cómo se repartirán las vacaciones.
- Cuánto se pagará como pensión de alimentos.
- Cómo se abonarán los gastos extraordinarios.
- Cómo se tomarán las decisiones importantes sobre su educación o salud.
El objetivo es que, después de la ruptura, ambos progenitores sepan cómo se organizarán y qué obligaciones tiene cada uno.
La vivienda familiar
El convenio puede indicar quién seguirá utilizando la vivienda después del divorcio.
Esto es especialmente importante cuando existen hijos o cuando uno de los cónyuges necesita permanecer temporalmente en la casa.
Una cosa es ser propietario de la vivienda y otra distinta tener atribuido su uso. Una persona puede ser dueña de una parte del inmueble y, aun así, no ser quien continúe viviendo en él.
Los gastos y las pensiones
También puede establecerse:
- Quién pagará determinados préstamos.
- Cómo se repartirán los gastos comunes.
- Si uno abonará una pensión de alimentos para los hijos.
- Si existirá una pensión compensatoria a favor de uno de los cónyuges.
- En qué fecha y cuenta bancaria se realizarán los pagos.
Cuanto más claro sea el acuerdo, menos espacio habrá para discusiones posteriores.
Los bienes y las deudas
El convenio puede indicar qué ocurrirá con:
- La vivienda.
- Las cuentas bancarias.
- Los vehículos.
- Los ahorros.
- Los préstamos.
- La hipoteca.
- Los demás bienes comunes.
Los cónyuges pueden aprovechar el divorcio para liquidar la sociedad de gananciales, pero también pueden divorciarse primero y repartir el patrimonio más adelante.
No siempre es conveniente introducir cualquier reparto de bienes dentro del convenio. Antes hay que comprobar cómo se adquirieron, si son gananciales o privativos y qué documento será necesario para realizar la adjudicación correctamente.
Los animales de compañía
Cuando existe una mascota familiar, el convenio puede establecer:
- Con quién vivirá.
- Cómo se repartirá el tiempo de cuidado.
- Quién pagará el veterinario, la alimentación y los demás gastos.
El Código Civil incluye expresamente el destino de los animales de compañía entre las cuestiones que pueden recogerse en el convenio regulador.
¿Todos los convenios reguladores son iguales?
No.
Una pareja sin hijos, sin vivienda y sin bienes comunes puede necesitar un convenio muy breve.
Otra pareja puede tener:
- Dos hijos menores.
- Una vivienda hipotecada.
- Una segunda residencia.
- Ahorros.
- Vehículos.
- Deudas.
- Una mascota.
- Una posible pensión compensatoria.
En ese caso, el convenio será mucho más completo.
No existe un modelo universal que pueda copiarse y utilizarse para cualquier matrimonio. El documento debe adaptarse a lo que realmente existe en cada familia.
¿Hace falta convenio si no tenemos hijos ni bienes?
Sí, cuando el divorcio se tramita de mutuo acuerdo.
Aunque no existan hijos, viviendas ni patrimonio que repartir, debe quedar por escrito que esas cuestiones no existen y que ninguno de los cónyuges reclama medidas frente al otro.
En ese supuesto, el convenio puede limitarse a indicar, entre otras cuestiones:
- Que ambos quieren divorciarse.
- Que no tienen hijos comunes afectados por el acuerdo.
- Que viven en domicilios diferentes.
- Que no existe una vivienda cuyo uso deba atribuirse.
- Que no hay bienes comunes pendientes de reparto.
- Que ninguno solicita una pensión compensatoria.
- Que no existen cargas comunes que deban regularse.
El convenio seguirá siendo necesario, pero será mucho más sencillo. La legislación exige acompañar una propuesta de convenio en los divorcios judiciales de mutuo acuerdo y formularlo también cuando el divorcio se realiza ante notario.
¿El convenio regulador produce por sí solo el divorcio?
No.
Firmar un convenio regulador no significa que la pareja ya esté divorciada.
El convenio contiene los acuerdos, pero después debe incorporarse al procedimiento correspondiente:
- En el divorcio judicial, se presenta junto con la demanda para que sea revisado y aprobado.
- En el divorcio notarial, se incorpora a la escritura pública que firman los cónyuges ante el notario.
Hasta que no se formaliza el divorcio por una de las vías legalmente previstas, el matrimonio continúa existiendo.
Por tanto, un documento privado descargado de internet y firmado en casa no cambia por sí solo el estado civil.
¿Quién redacta el convenio regulador?
Normalmente lo redacta el abogado encargado del divorcio.
Los cónyuges explican qué quieren acordar y facilitan la información necesaria. Después, el abogado convierte ese acuerdo en un documento claro y completo.
Su trabajo no consiste únicamente en escribir lo que le dicen. También debe:
- Detectar cuestiones que no se han tratado.
- Evitar cláusulas confusas.
- Explicar las consecuencias del acuerdo.
- Comprobar que pueda cumplirse.
- Advertir de posibles problemas futuros.
- Adaptar el texto a la situación concreta de la familia.
En un divorcio de mutuo acuerdo, ambos cónyuges pueden utilizar el mismo abogado cuando comparten una propuesta y no existen intereses enfrentados.
¿Quién revisa el convenio?
Depende de la vía elegida.
En el divorcio judicial
El convenio se presenta dentro del procedimiento judicial.
La autoridad competente comprueba que el acuerdo cumple la ley y que no resulta perjudicial para los hijos ni gravemente dañino para uno de los cónyuges.
En el divorcio notarial
El convenio se incorpora a una escritura pública y ambos cónyuges deben firmarlo personalmente ante notario, asistidos por un abogado.
Esta vía solo puede utilizarse cuando existe mutuo acuerdo y no hay hijos comunes menores no emancipados ni otros supuestos que obliguen a acudir al juzgado.
¿Qué ocurre después de aprobarse?
Una vez aprobado judicialmente o incorporado correctamente a la escritura pública, el convenio deja de ser una simple promesa entre los cónyuges.
Sus medidas deben cumplirse.
Por ejemplo, si una persona se ha comprometido a:
- Pagar una pensión.
- Entregar una cantidad de dinero.
- Abandonar la vivienda en una fecha.
- Asumir determinados gastos.
- Respetar un sistema de estancias con los hijos,
la otra podrá exigir su cumplimiento cuando no se respete lo acordado. El Código Civil permite hacer efectivos los acuerdos después de su aprobación o del otorgamiento de la escritura pública.
¿Puede modificarse posteriormente?
Sí, pero no conviene cambiarlo simplemente de palabra.
Con el paso del tiempo pueden cambiar las circunstancias:
- Un hijo comienza a vivir con el otro progenitor.
- Cambian los ingresos.
- Alguien pierde su trabajo.
- Se traslada el domicilio.
- Aparecen nuevos gastos importantes.
- El sistema de custodia deja de funcionar.
- Se vende la vivienda familiar.
Cuando el cambio es importante y estable, puede prepararse un nuevo acuerdo y formalizar su modificación por la vía correspondiente.
Mientras no se cambie correctamente, el convenio anterior sigue siendo el documento aplicable. No basta con dejar de cumplirlo porque la situación familiar haya cambiado.
¿Qué diferencia hay entre convenio regulador y sentencia de divorcio?
Son cosas distintas.
El convenio regulador contiene los acuerdos alcanzados por los cónyuges.
La sentencia, el decreto o la escritura pública es el documento que formaliza legalmente el divorcio y, cuando corresponde, aprueba o incorpora esos acuerdos.
Puede imaginarse así:
- El convenio explica cómo quedará organizada la vida después de la ruptura.
- La resolución judicial o la escritura notarial hace efectivo legalmente el divorcio.
¿Existe convenio regulador en un divorcio contencioso?
No existe un convenio conjunto si los cónyuges no han alcanzado un acuerdo.
En un divorcio contencioso, cada persona puede pedir medidas diferentes y será el juzgado quien decida.
Por ejemplo, uno puede solicitar una custodia compartida y el otro una custodia exclusiva. Al no existir una misma propuesta firmada por ambos, no hay un convenio regulador común.
Si durante el procedimiento consiguen ponerse de acuerdo, pueden presentar ese acuerdo y tratar de transformar el divorcio en un procedimiento de mutuo acuerdo.
Preguntas frecuentes
¿Podemos copiar un convenio de internet?
Podéis utilizarlo para conocer su aspecto, pero no es recomendable presentar un modelo sin adaptarlo.
Una cláusula que funciona para una familia puede ser inútil o perjudicial para otra. El convenio debe reflejar vuestros hijos, vivienda, ingresos, gastos, deudas y acuerdos reales.
¿Tenemos que incluir todas las materias posibles?
No.
Solo deben desarrollarse las cuestiones que existan en vuestro caso. Si no hay hijos, no se incluyen medidas de custodia. Si no hay bienes, no hay que inventar una liquidación.
¿Podemos firmarlo antes de hablar con un abogado?
Es preferible que el abogado revise el texto antes de firmarlo. Una vez aprobado, sus cláusulas pueden exigirse legalmente.
¿Cada cónyuge necesita un convenio diferente?
No. En el divorcio de mutuo acuerdo existe un único convenio aceptado y firmado por ambos.
¿Hace falta convenio para divorciarse ante notario?
Sí. El divorcio notarial exige un convenio regulador y la asistencia de un abogado.
¿Hace falta convenio si estamos completamente de acuerdo?
Precisamente porque existe acuerdo puede redactarse un convenio conjunto. El documento sirve para explicar con claridad cuál es ese acuerdo.
¿Necesitáis preparar vuestro convenio regulador?
En Abogados de Lerna podemos estudiar vuestra situación, explicaros qué cuestiones deben regularse y redactar un convenio adaptado a vuestra familia.
Después gestionamos el divorcio de mutuo acuerdo por la vía judicial o notarial que corresponda, para que todo quede correctamente formalizado.