¿Pueden los Abuelos Pedir el Desahucio de su ex nuera?

Imagina esto: una pareja joven se casa, tienen una hija, y como muchos comienzos, viven en una casa cedida por la madre de él. Todo va bien… hasta que deja de ir así. Se divorcian. Y tras la separación, la vivienda queda asignada a la exnuera y a la nieta. ¿Puede la exsuegra desahuciar a la exnuera?

La respuesta corta: sí, puede.

Pero si quieres entender por qué, sigue leyendo. Porque aquí no solo hablamos de leyes, hablamos de tu casa, tu familia, tu derecho.

¿Qué pasa cuando te dejan vivir “gratis” en una casa?

La clave está en entender qué es el precario.

Precario = vivir en un inmueble ajeno, sin pagar nada y sin tener ningún contrato que lo justifique.

¿Te dejaron vivir allí porque eras la pareja de su hijo? ¿No firmaste nada? Entonces estás en precario. Aunque tengas una sentencia de divorcio que te asigna esa casa, esa sentencia no te convierte en propietaria, ni te da derecho frente a quien sí lo es.

¿Y si un juez me dio el uso de esa vivienda?

Aquí entra una confusión común: el derecho de familia no manda sobre el derecho de propiedad. Lo explicó muy bien el Tribunal Supremo:

“La atribución del uso de la vivienda familiar en un proceso de familia no es un título jurídico oponible a terceros.”

Es decir: si la casa no es tuya, y ni tú ni tu ex tenéis un contrato con quien sí lo es… esa persona (la suegra, en este caso) puede pedir el desahucio por precario. Lo ha dicho el Supremo, la Audiencia Provincial de Madrid, y lo confirma la ley.

¿Qué pasa si había un “acuerdo verbal” o lo hicieron “por ayudar”?

Que no hay contrato. No hay alquiler. No hay comodato (un préstamo de uso con condiciones claras). Lo que hay es buena fe… y la buena fe no se inscribe en el Registro de la Propiedad.

Si vives allí porque te dejaron, y el uso para el que te lo cedieron (vivir con su hijo) ya no existe… entonces pueden pedir que te vayas.

Lo que dice la jurisprudencia

Varias sentencias clave han reforzado esta doctrina:

  • STS 861/2009: “Debe enfocarse el tema desde el derecho de propiedad, no desde el de familia.”
  • STS 443/2010: El uso atribuido en el divorcio no se puede oponer al propietario tercero.
  • SAP Madrid 272/2020: Si ocupas la vivienda sin contrato ni contraprestación, estás en precario.

Entonces… ¿pueden los abuelos desahuciar a la exnuera?

Sí. Porque si la cesión fue gratuita y por razón del matrimonio, esa cesión cesa con el divorcio. Desde ese momento, si la ocupante sigue allí, ya no tiene derecho legal a estar.

Y los abuelos, como propietarios, pueden ejercer su derecho a recuperar la posesión. Es su casa. Y como dice el viejo dicho: donde no hay contrato, manda el dueño.

Conclusión

Si eres propietario y estás en una situación parecida, o si vives en una vivienda familiar tras una ruptura y no tienes claro tu derecho a seguir allí, conviene que lo consultes.
Porque en estos casos, más allá de lo emocional, lo que cuenta es el derecho.

Y recuerda que si necesitas ayuda siempre puedes hacer click aquí y consultarnos vía WhatssApp, contactarnos vía e-mail a info@abogadosdelerna.es o llamar al 644 62 89 68

Saludos! (:

¡Comparte!

¡Descarga tu plantilla OVC gratis!