El otro día estaba leyendo una sentencia y me pareció tan buena —tan clara— que recopila los puntos clave de un conflicto típico:
💥 el padre en España,
👩👦 la madre se lleva a los niños a otro país,
y de pronto… todo cambia.
Hay temas muy discutidos en derecho de familia —la custodia, los gastos, el derecho de visitas, los traslados internacionales— y esta sentencia de la Audiencia Provincial de Oviedo los toca todos.
Así que he querido traerte lo esencial, para que sepas a qué atenerte si estás pasando (o puedes pasar) por algo parecido.
🧩 El caso: ¿puede uno de los padres mudarse con los hijos a otro país?
La madre (Agueda) se fue a vivir con los niños a Praga.
El padre (Edmundo) se quedó en España y recurrió la decisión:
dijo que era injusta, unilateral, caprichosa, y que los niños deberían volver y vivir con él.
¿Y qué hace el tribunal?
✅ Escucha a los niños (algo obligatorio si tienen suficiente madurez).
✅ Valora que ya llevaban un año en Praga, escolarizados, con amigos, actividades…
✅ Y concluye que volver a España sería más traumático que beneficioso.
📌 El padre es un buen padre.
📌 Pero el cambio ya estaba hecho.
📌 Y lo que importa es el interés superior del menor.
👉 Se mantiene la custodia materna, y el régimen de visitas adaptado a la distancia.
📅 ¿Desde cuándo se paga la pensión de alimentos?
Este punto genera muchas dudas… y muchas injusticias.
Edmundo llevaba meses pagando 700 € al mes de su bolsillo. Sin orden judicial.
Así que pensaba: “como ya he pagado, no me pueden exigir más”.
❌ Error.
La Audiencia aplica doctrina clara del Supremo:
👉 Cuando se fija una pensión por primera vez, se puede establecer con efecto retroactivo desde la fecha de la demanda.
Eso sí: los pagos que ya haya hecho voluntariamente se descuentan, faltaría más.
Pero la clave es esta:
⚠️ Si no hay sentencia, no hay obligación oficial.
Y cuando la hay, puede aplicarse hacia atrás.
💸 ¿Qué gastos son extraordinarios?
Otro clásico.
Aquí hubo lío con actividades extraescolares y gastos médicos.
La madre presentó incluso conversaciones privadas para justificar pagos.
¿Y qué dice la Audiencia?
🎯 Define lo extraordinario como:
- No periódico
- Imprevisible
- Necesario
- Y que no esté cubierto por la pensión mensual
Ejemplo:
🟢 Una operación médica urgente: extraordinario.
🔴 Una academia de inglés sin acuerdo del otro progenitor: no.
👉 Los gastos extraordinarios se pagan al 50 %, pero solo si son justificados y necesarios.
Y si no hay acuerdo entre los padres… tiene que decidir un juez.
✈️ ¿Quién paga los vuelos para ver a los hijos?
Esta es buenísima.
El padre pidió que la madre pagara todos los gastos de los traslados, ya que fue ella quien se llevó a los niños.
Pero el tribunal aplica jurisprudencia consolidada:
👉 Los gastos de desplazamiento se reparten a la mitad.
Porque lo importante no es castigar a nadie, sino favorecer el contacto de los niños con ambos padres.
Incluso si uno vive en Praga y el otro en Asturias.
🧠 Conclusión: esta sentencia es un mapa
Sí, las familias cambian.
Sí, hay conflictos y decisiones difíciles.
Pero el derecho está para poner orden. Para proteger a los menores. Para marcar límites.
Esta sentencia deja 5 lecciones claras:
- El interés del menor siempre va primero.
- La custodia no se cambia por capricho ni se revierte por despecho.
- Las pensiones pueden ser retroactivas, aunque ya hayas pagado.
- Los gastos extraordinarios no se improvisan.
- Y los vuelos se pagan a medias, salvo pacto en contra.
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